Desde el 11 de mayo, patrimonios autónomos que realicen operaciones de comercio exterior deben tener NIT individual
Desde el 11 de mayo, patrimonios autónomos que realicen operaciones de comercio exterior deben tener NIT individual
De acuerdo al Decreto 589 del 11 de abril de 2016 proferido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por el cual se reglamenta el numeral 5 del artículo 102 del Estatuto Tributario y se modifica y adiciona el Decreto 2460 de 2013, las sociedades fiduciarias que administren patrimonios autónomos constituidos para desarrollar operaciones de comercio exterior deberán inscribirse en el Registro Único Tributario – RUT y obtener el NIT que los identifique de manera individual.
Esta norma entrará en vigencia el 11 de mayo de 2016, también determina que las sociedades fiduciarias deberán presentar una declaración independiente por cada patrimonio autónoma con NIT independiente y suministrar la información que sobre los mismos le solicite la DIAN.
Consulte el texto completo del Decreto en: Decreto 589 del 11 de abril de 2016