120 contribuyentes reciben capacitación sobre factura electrónica, información exógena y devoluciones en La Ceja
La Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero de la Dian, la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño en La Ceja y Asocolflores (Asociación Colombiana de Exportadores de Flores), acompañaron el pasado 3 de marzo de 2020 a los empresarios del oriente antioqueño, con la intención de actualizarlos en temáticas tributarias como: información exógena, devoluciones y factura electrónica, teniendo en cuenta que, en el sector floricultor, La Ceja y el oriente antioqueño representan un 30% de las exportaciones de flores que se realizan en Colombia. El evento contó con la participación de Andrés Vernaza (Secretario General de Asocolflores), Daniel Acevedo (Defensor Nacional) y Maria Paulina Valencia (Defensora Delegada para Antioquia), además de, al menos, 120 contribuyentes que asistieron a la Jornada.
El evento inició socializando las nuevas disposiciones en información exógena, en las cuales es importante tener en cuenta la resolución 11004 del 28/2018, pues estableció el grupo o los sujetos obligados a suministrar información tributaria a la U.A.E DIAN, por el año gravable 2019. Allí, además, se señalan características técnicas para su presentación (medios magnéticos) y se fijan los plazos para la entrega.Respecto al tema de la facturación electrónica, se destaca el software gratuito de la Dian, teniendo en cuenta que una de las exigencias es el certificado digital (emitido por la ONAC), el cual será expedido de forma gratuita y tendrá una vigencia por un año desde su aprobación, según disponibilidad, y siempre y cuando sea solicitado por pequeñas y/o medianas empresas. Se informó, además, que ya esta vigente el decreto reglamentario de facturación electrónica (DR. 358 de 2020), pero se espera que para mediados de abril se expida la respectiva resolución con la información de los plazos. Hasta el momento hay 12.791 personas habilitadas en facturación electrónica en la seccional Antioquia.
La Jornada cerró informando sobre la gestión eficiente de devoluciones, con gran afinidad de los empresarios hacia las devoluciones automáticas reglamentadas en el Decreto 1422 de 2019. Estas solo aplicarían para los que no representan un riesgo alto (analizado por la DIAN) y cuando mas de un 85% de los costos y gastos que provengan de proveedores sean emitidos mediante factura electrónica. La devolución efectiva se realizaría dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de radicación de la solicitud.
Según el GIT de Devoluciones de la DIAN, estas son las principales causas de auto inadmisorio en Antioquia:
- Cuando las declaraciones objeto de la solicitud se tenga como no presentada (Art.580 y 650-1 E.T)
- Cuando la solicitud se presenta sin el lleno de requisitos formales
- Cuando la declaración objeto de la solicitud presenta error aritmético (Art.697 E.T)
- Cuando se haya imputado un saldo anterior distinto al declarado.